La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, cabildos, sesiones plenarias, comisiones legislativas y sesiones de trabajo a que se convoquen. Para las reuniones ya celebradas, se deberán difundir, en un plazo no mayor a 30 días naturales, las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones, así como las listas de asistencia de sus integrantes;
NOTA: Dos Sesiones Ordinarias del H.Cabildo se realizan por mes, y su calendarización se efectúa dos o tres días antes de sesionar. Las Sesiones Extraordinarias son convocadas el mismo día.