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PASAPORTES
Requisitos para la expedición de pasaportes por primera vez
Mayores de edad
Los requisitos que deberán cumplir los mexicanos, mayores de edad,
para obtener un pasaporte ordinario mexicano son los siguientes:
 
I. Acudir personalmente a una Delegación de la SRE u Oficina de Enlace: La expedición de pasaporte es un trámite personalísimo, por lo que no puede llevarse a cabo por medio de un representante legal o gestor, debiendo comparecer el interesado a cualquiera de nuestras Delegaciones u Oficinas de Enlace.
II. Llenar solicitud: Deberá llenar a mano con tinta negra y letra de molde la Solicitud de Pasaporte Ordinario Mexicano (OP5). Ver Formatos de Solicitud
III. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante cualquiera de los siguientes documentos:
 
1. Acta de nacimiento, emitida y certificada por el Oficial del Registro Civil o por los Consulados o Secciones Consulares de las Representaciones Diplomáticas de México en el Exterior;
2. Certificado de Nacionalidad Mexicana;
3. Declaratoria de Nacionalidad Mexicana;
4. Carta de Naturalización;
5. Cédula de Identidad Ciudadana, emitida por la Secretaría de Gobernación conforme artículo 107 de la Ley General de Población.
 
Nota.- Si el acta de nacimiento es de registro extemporáneo (registro posterior a los 6 meses del nacimiento), la SRE se reserva el derecho de verificar su autenticidad ante el Registro Civil que corresponda, o en su caso, el interesado podrá aportar las pruebas que el Delegado de la SRE o el Titular de la Oficina de Enlace le indique.
IV. Presentar una de las siguientes identificaciones oficiales vigentes con fotografía:
1. Credencial de elector;
2. Certificado escolar, o en su defecto constancia del último grado de estudios (expedida con una anterioridad no mayor a 30 días naturales), los cuales deberán contener fotografía con sello oficial (el sello deberá incluir el número de incorporación a la SEP) de la institución emisora sobre la misma y firma de quien los expide;
3. Cédula profesional;
4. Título profesional;
5. Carta de pasante que contenga fotografía y sello oficial sobre la misma de la institución emisora y firma de quien la expide;
6. Credencial de servicios médicos de una Institución Privada o Pública de Salud o Seguridad Social, con fotografía, sello sobre la fotografía y firma de quien la expide. NO SE ACEPTAN CARNETS DE CITAS;
7. Credencial de trabajo de Dependencia o Entidad Gubernamental;
8. Credencial del INAPAM (Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, antes INSEN);
9. Credencial para jubilados y pensionados;
10. Carta de naturalización;
11. Declaratoria de nacionalidad mexicana;
12. Certificado de nacionalidad mexicana;
13. Cédula de Identidad Ciudadana, emitida por Secretaría de Gobernación conforme al artículo 107 de la Ley General de Población;
14. Matrícula consular o
15. Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada.
Nota.- Favor de verificar que el nombre asentado en la identificación que presente, concuerde fielmente con el asentado en el documento con el que acredite su nacionalidad.
V. Tres fotografías a color tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cm.): De frente, fondo blanco, cabeza descubierta, sin lentes o cualquier otra prenda que impida la plena identificación de la persona y tomada con una anterioridad no mayor a 30 días de la tramitación del pasaporte.
Nota.- No se aceptarán fotografías digitales, digitalizadas o con "retoque".
VI. Presentar el pago de derechos de acuerdo a la vigencia: Antes de acudir a realizar el trámite en la Delegación de la SRE u Oficina de Enlace, deberá haber realizado el pago de derechos, mediante Hoja de Ayuda, la cual se obtiene gratuitamente en Internet o en cualquiera de nuestras Delegaciones y se presenta para su pago en ventanilla bancaria o por el portal de Internet de los bancos autorizados.
El pasaporte ordinario tendrá una vigencia de 1, 3 ó 6 años de acuerdo a lo siguiente:

Será de 1 año en los siguientes casos:
a) Para los menores de 3 años de edad;
b) Para las personas que requieran atención médica o psicológica de urgencia;
c) Para los interesados que no puedan cumplir todos los requisitos que determina el
    presente Reglamento, por causas debidamente justificadas ante la Secretaría, y
d) Para las personas que se encuentren en el extranjero, por razones de protección consular;

Será de 3 ó 6 años para los mexicanos mayores de tres años y menores de 18 años de edad.

 
NOTA GENERAL.- Todos los documentos originales o copias certificadas que presente deberán ir acompañados de su COPIA simple en hoja tamaño carta incluyendo, en su caso el reverso de los mismos.