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PASAPORTES
Pago de derechos
Los montos para el pago de derechos son los siguientes:
Pago de derechos
Por un año   $410.00
Por tres años   $850.00
Por seis años  $1,170.00
Por diez años  $1,795.00
Cualquiera de estos costos
más un impuesto municipal de $120.00


Observaciones en la vigencia de pasaportes:

1. Los mexicanos menores de tres años, únicamente podrán obtener pasaporte con
    vigencia de un año.

2. Los mexicanos mayores a tres años y menores de 18 años, únicamente podrán obtener
    pasaporte con vigencia de tres o seis años.

3. Los mexicanos que no puedan cumplir con alguno de los requisitos que exige el
    Reglamento de Pasaportes por razones de emergencia debidamente justificadas
    y a juicio de la SRE, únicamente podrán obtener pasaporte con vigencia de un año.

4. Los mexicanos que se encuentren bajo una situación de protección consular en las
    representaciones de México en el Exterior, únicamente podrán obtener pasaporte
    con vigencia de un año.

5. Los mexicanos mayores a 18 años que no estén dentro de alguno de los casos
    anteriores podrán obtener su pasaporte con vigencias de tres, seis o diez años.

NOTA.- Las Oficinas Estatales y Municipales de Enlace cobran un monto determinado por brindar el servicio en la localidad, dicho cobro es independiente del monto de pago que corresponda de acuerdo a la Ley Federal de Derechos por concepto de expedición de pasaporte.


A PARTIR DEL 1º DE ENERO 2005, LAS PERSONAS MAYORES DE 60 AÑOS Y LOS DISCAPACITADOS, GOZARÁN DEL BENEFICIO DEL 50% EN EL PAGO DE DERECHOS DE SU PASAPORTE ORDINARIO


Pago de derechos ( mayores de 60 años y discapacitados )
Por un año  205.00
Por tres años  425.00
Por seis años  585.00
Por diez años  900.00


A PARTIR DEL 1º DE ENERO 2007, LOS TRABAJADORES AGRÍCOLAS, GOZARÁN DEL BENEFICIO DEL 50% EN EL PAGO DE DERECHOS DE SU PASAPORTE ORDINARIO


Pago de derechos ( Trabajadores agrícolas )
Por un año  205.00
Por tres años  425.00
Por seis años  585.00


Observaciones en el beneficio del 50%:


1. El beneficio del 50% sobre el costo del pasaporte ordinario, únicamente es aplicable a
    las personas mayores de 60 años, así como los que padezcan cualquier tipo de
    discapacidad comprobada y trabajadores agrícolas.

2. Las personas mayores de 60 años deberán presentar copia certificada por el Oficial del
    Registro Civil del acta de nacimiento (para el trámite por primera vez) y cuando se trate
    de canje será suficiente la presentación del pasaporte.

3. Las personas discapacitadas deberán de comprobar su discapacidad con constancia o
    certificado médico original, expedido por cualquiera de las instituciones públicas de salud
    o de seguridad social. El certificado deberá mencionar la discapacidad y hacer constar
    que la misma es permanente e irreversible.

4. Los trabajadores agrícolas requieren presentar para su trámite, además de los
    requisitos establecidos por el reglamento de pasaportes, la constancia original de
    registro al programa de "Memorandum de Entendimiento con el Gobierno de Canadá"
    expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.



A partir del 1° de enero del 2006, el pago de derechos para pasaporte, se deberá realizar únicamente por medio del "Pago Electrónico e5CINCO"

El "Pago Electrónico e5CINCO" para pasaportes se puede realizar de dos formas:

a) En Ventanilla Bancaria.
b) Vía Internet


Procedimiento para el pago de Derechos en ventanilla bancaria.

1.- Obtenga de forma GRATUITA el formato Hoja de Ayuda para el pago en:


Hoja de Ayuda

Cualquiera de las Delegaciones de la S.R.E.
Cualquiera de las Oficinas Estatales o Municipales de Enlace de la S.R.E.
Cualquiera de las Oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT)
La página de Internet de la S.R.E., sección pasaportes, menú pago de derechos,
     Hoja de Ayuda


2.- Llene el formato "Hoja de Ayuda" en un tanto, por cada solicitud individual de pasaporte con los siguientes datos:

Datos de llenado

Apellido paterno*
Apellido materno*
Nombres*
Vigencia del pasaporte
Monto a pagar

* Nota.- Estos deberán coincidir fielmente con el nombre asentado en el documento con el que acredite su nacionalidad.

3.- Efectúe el pago de derechos en la ventanilla de la Institución Bancaria Autorizada de su elección, en donde se le entregará un recibo bancario (comprobante del pago de derecho) con sello digital, el cual deberá ser presentado en original ante la Delegación u Oficina de Enlace, donde realizará el trámite, conservando el usuario fotocopia de dicho recibo.

Procedimiento para el pago de Derechos Vía Internet.

1.- El  pago de  de derechos de pasaporte Vía Internet sólo puede efectuarse en las Instituciones Bancarias Autorizadas por el SAT.

2.-Para poder realizar el pago en cualquiera de las Instituciones Bancarias Autorizadas debe ser tarjetahabiente del mismo y contar con los servicios de banca electrónica (Bancanet, Conexión personal, etc).

3.- La pantalla de captura para realizar el pago del pasaporte en la página web del banco, como referencia, se encuentra frecuentemente en "Pago de Impuestos Federales" y está identificado como "Pago de Derechos Productos y Aprovechamientos (DPAS)".

4.- Deberá contar con la Clave de Referencia que en todos los casos es la siguiente:

Clave de Referencia 024000140

5.- Así mismo deberá de señalar la Cadena de Dependencia en función a la vigencia requerida:

Datos de llenado

 Cadena

Vigencia
01030020000001

vigencia de 1 año.

01030020000003

vigencia de 3 años.

01030020000006

vigencia de 6 años.

01030020000010

vigencia de 10 años.


6.- Las personas físicas que opten por efectuar el pago mediante esta vía, deberán realizar una operación bancaria por cada  trámite, debiendo obtener un recibo bancario con sello digital  a nombre del solicitante del pasaporte. No se aceptará el pago de derechos por concepto de pasaporte a nombre de personas morales,
toda vez que el trámite es únicamente para personas físicas. Tampoco serán aceptados pagos grupales en virtud de que el trámite de pasaporte es individual e independiente.

7.- En las Instituciones Bancarias Autorizadas para recibir el pago electrónico de derechos de pasaporte, es posible anotar el nombre y apellidos de una persona diferente a la que está registrada como titular de la cuenta bancaria, incluyendo aquellas que no cuentan con RFC ni CURP.

8.- El servicio para el pago de pasaporte por Internet es responsabilidad del banco que lo ofrece no de la Secretaría de Relaciones Exteriores.  Ahora que ya ha hecho el pago de derechos y cuenta con la documentación requerida, acuda a cualquier Delegación u Oficina Estatal o municipal de Enlace de la SRE para tramitar su pasaporte.